Los regalos que empresas colombianas deben entregar a sus empleados tres veces al año
Conoce cuáles son las dotaciones o regalos que las empresas están obligadas a dar a sus empleados tres veces al año en Colombia.
El diario El Tiempo de Colombia destacó los derechos de los empleados formalmente vinculados a una empresa mediante contrato laboral, entre ellos, el derecho a recibir dotaciones tres veces al año, según lo establece el Código Sustantivo del Trabajo.
El artículo 230 de dicho código establece que las empresas con uno o más trabajadores permanentes deben suministrar de forma gratuita una dotación laboral cada cuatro meses, específicamente los días 30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre.
La dotación, según la ley, debe incluir “un (1) par de zapatos y un (1) vestido de labor al trabajador”, así como otros artículos necesarios, siempre y cuando la remuneración mensual del empleado no supere los dos salarios mínimos vigentes.
Empleados que hayan cumplido más de 3 meses
Este beneficio aplica únicamente para aquellos empleados que hayan cumplido más de tres meses en la empresa. Los trabajadores con ingresos superiores a dos salarios mínimos no son elegibles para recibir esta dotación.
El medio también consultó a Laura Naranjo, jefa del área laboral de la Universidad Libre de Pereira, quien aclaró que “está prohibido compensar la dotación en dinero. Además, la dotación no debe confundirse con los elementos de seguridad del trabajo.”
Finalmente, se advirtió que las empresas que no cumplan con la entrega de las dotaciones en las fechas estipuladas pueden enfrentar sanciones impuestas por el Ministerio del Trabajo.
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